Embajada en Países Bajos

Opción nacionalidad argentina

Fecha de actualización: 06/03/2023

Los hijos de argentinos nativos que hayan nacido en un país extranjero pueden optar por la nacionalidad argentina. Esta opción, que puede ejercerse tanto en la República Argentina como en la Representación Consular que corresponda a su domicilio en el exterior, permite la obtención de un DNI y pasaporte argentinos.

 

La opción por la nacionalidad argentina no requiere en ningún caso la renuncia a la nacionalidad extranjera de la persona. La eventual pérdida de una nacionalidad extranjera como consecuencia de la adquisición de la nacionalidad argentina depende del derecho extranjero. Es muy importante tener presente que es responsabilidad del optante y sus padres interiorizarse, ante las autoridades extranjeras, de los efectos que esta opción puede tener sobre su otra nacionalidad.

Este trámite está compuesto por dos etapas:

1.    La persona interesada deberá traer personalmente o enviar a esta Sección Consular por correo la siguiente documentación:

 

1.    partida de nacimiento del optante en formulario internacional, legalizada con la Apostilla de La Haya* (el original de la partida de nacimiento del optante no será devuelto)

2.    copia de la partida de nacimiento argentina del padre o la madre argentinos (es suficiente con una partida si ambos son argentinos);

3.    copia del DNI del padre y/o madre argentinos;

4.    copia del documento de identidad o pasaporte del padre/madre no argentino;

5.    copia del documento de identidad del optante, si tuviera otra nacionalidad;

6.    comprobante de domicilio

 

2.    Esta Sección Consular se comunicará con el recurrente a fin de fijar una cita para la formalización de la opción. En esa cita:

 

1.    el optante deberá concurrir acompañado por ambos padres, salvo que sea mayor de18 años;

2.    se deberá contar con los originales de toda la documentación indicada en la etapa 1), (salvo la partida de nacimiento del optante);

 

PARA MAYORES DE 18 AÑOS: Los optantes tienen que presentar los documentos descriptos en los puntos mencionados anteriormente con excepción del punto 4.

Este trámite tiene un costo mínimo de 175 euros.

 

APATRIDAS: a fin de cumplimentar con la Convención para Reducir los Casos de Apatridia de 1961, este Consulado requiere la presentación adicional del certificado emitido por la municipalidad donde figure que él o la menor no posee otra nacionalidad. Dicho documento puede ser solicitado bajo el nombre de “Afschrift uit de Basisregistratie Personen"(BRP).

 

NOTA: Si están casados en Argentina y disponen de una libreta de familia, se podrá incluir a su/s hijo/os/a/as en la misma, una vez obtenida la nacionalidad argentina.

*ATENCIÓN: tenga en cuenta que según la Ley Nº 18248, Artículo 4º, modificada por la ley 26.618 “los hijos de cónyuges de distinto sexo llevarán el primer apellido del padre. A petición de los padres, pueden registrarse bajo el apellido compuesto del padre o pueden agregar el apellido de la madre…”). Si los progenitores desean que el o la menor tenga apellido compuesto, deberán manifestarlo para que de esa manera quede registrado en el Acta de Nacimiento que expide el Municipio neerlandés.

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