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LA ARGENTINA APRUEBA LA LEY DE PARIDAD DE GENERO EN EL AMBITO DE REPRESENTACION POLITICA.

La Cámara de Diputados de la Nación aprobó y convirtió en ley, el pasado 23 de noviembre, la paridad de género en ámbitos de representación política en la jurisdicción nacional. De esta manera, a partir del año 2019, las listas de candidatos deberán contar en su 50 por ciento con candidatas mujeres. 

Entre las disposiciones de la reciente ley se destaca el hecho de que para la oficialización de listas la nómina de candidatos/as debe integrarse ubicando de manera intercalada a mujeres y varones desde el/la primer/a candidato/a titular hasta el/la último/a candidato/a suplente. 

Asimismo, la presente ley contiene una serie de modificaciones a la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, previéndose como causa de caducidad de la personalidad jurídica de los partidos "la violación de la paridad de género en las elecciones de autoridades y de los organismos partidarios, previa intimación a las autoridades partidarias a ajustarse a dicho principio" (art.8). 

http://www.cancilleria.gov.ar/la-argentina-aprueba-la-ley-de-paridad-de-...

 

 

Fecha de actualización: 28/11/2017